volvo4life[DTR dijo:]
Buenas, pues estaba leyendo un poco sobre lso seguros, y cada minuto que pasaba mas me desmadraba, el caso esque al ser novel con el carnet de conducir, pocas aseguradoras me aceptan, o si me aceptan, me clavan 1000€ minimo en cualquier tipo de coche.
Luego estube viendo en esta pagina, sobre el consorcio de compensación de seguros.
http://www.consorseguros.es/index2....rt=funcaseg&optmnu=3&conten=1&subaprt=segauto
Parece tratarse como de algo mucho mas barato, impuesto por españa o algo, de el seguro obligatorio, el mas bajo de todos y el mas rentable según tengo entendido, pero no se bién de que va.
¿Alguien me lo puede explicar?
Según algunos, al tener esto es mejor evitar algún roce con alguien, e incluso que alguien te lo de atí, por que sería jodido.
Nose mas nada de esto, un saludo y espero que alguien me ayude, gracias!! [ok] [rezar]
No es el caso. Tu no has sido rechazado o no aceptado. Sólo si estás (por dos aseguradoras) rechazado o no aceptado puedes contratar con el consorcio que, a su vez, puede buscar a otra aseguradora para que cubra tu riesgo. Vamos que lo que pasa es que te han pasado un palo de cuidado pero eso no quiere decir que se te niegue el seguro.
El consorcio no tiene una finalidad aseguradora. Cubre los siniestros que no están cubiertos por seguro; es decir, los daños materiales y personales cuando el culpable y condenado (nunca paga sin previa resolución judicial) no tiene seguro que cubra el riesgo de su circulación. Los daños materiales tienen un mínimo exento -que ahora no recuerdo con exactitud- que creo debe rondar los 450 Eur. Vamos que si el daño es de 500 Eur. tú sólo cobras 50 Eur y si es de 1000, 550.
Si miras cualquier recibo de seguro de automovil, verás que dentro de sus diferentes sumas hay necesariamente una que pone "Consorcio" y esa cantidad es la parte de tu seguro que se destina a esos fines. En resumen, que somos los que pagamos los que cubrimos los accidentes de los culpables que circulan sin seguro.
Posteriormente al pago el Consorcio siempre tiene "acción de repetición" contra contra el culpable del pago y, teóricamente, podrá ir contra sus bienes presentes y futuros. Pero si al principio no le encuentran nada, normalmente, el expediente queda "provisionalmente archivado" que es una manera muy fina de decir que se olvidan del tema para siempre.
En definitiva, que el lema del consorcio debiera ser "Pagan Justos por Pecadores"