Cambio de titularidad vehiculos

ronint4

Miembro Elite
9 Ene 2007
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Voy a hacer el cambio de titularidad a un vehiculo entre particulares, a parte de las tasas de trafico, hay que pagar algun tipo de impuesto??

Gracias
 
ronint4 dijo:
Voy a hacer el cambio de titularidad a un vehiculo entre particulares, a parte de las tasas de trafico, hay que pagar algun tipo de impuesto??

Gracias

El 4% del valor del vehículo en concepto de transmisiones patrimoniales. Es un impuesto cedido a las comunidades autónomas por lo que la liquidación deberá hacerla el comprador en la delegación de la Consellería de hacienda de tu comunidad (si el comprador es de la misma) y si reside en comunidad distinta será él (el pago corresponde al comprador) el que deba hacerlo en la suya.

Como valor el más alto de entre estos dos. El del contrato o el que hacienda entiende para ese modelo y versión. Lo normal (y así pagar menos impuestos) es poner el que hacienda marca. Pero claro, esto a veces no le interesa al vendedor que quiere tener limpios en su cuenta la totalidad de la compra. Es un tema para hablar comprador y vendedor, pues si se declara un precio y se cobra otro....lógicamente en tu cuenta ingresarás lo declarado no el real.
Para ver el valor que hacienda le da a tu coche, puedes intentar localizar un BOE de siempre final de año en que se marcan el valor de los vehículos y versiones de cada uno. Por cada año se va disminuyendo un tanto por ciento de ese valor hasta llegar al 90%.
Como la búsqueda por el BOE te puede ser complicada te dejo este enlace de la Generalitat Valenciana en el que vas introduciendo los datos del vehículo tal y como te los vaya pidiendo y al final te saldrá el valor MINIMO que se ha de poner. Por menos hacienda no se lo cree y tributa por ese valor. Pero te repito que ese es un problema del comprador que es el que paga el impuesto.
Si no te aclaras me mandas un privado con todos los datos del coche y te lo miro.

http://www.gva.es/jsp/portalgv.jsp?deliberate=true

PD. En la misma web de hacienda de la generalitat valenciana puedes descargarte el modelo oficial de transmisiones patrimoniales y un modelo sencillo de contrato.
 
Gracias milu, no te preocupes por aclararme lo del valor minimo, me acerco a mi delegacion de hacienda y lo pregunto, pero hay una cuestion que no he comentado, el coche pasa de mi mujer a mi madre y es un coche del año 94 y no le cobramos nada. Que debo hacer en este caso? Porque he leido en un impreso de trafico lo siguiente:

"NOTA: Si no presenta el tramite el titular, será necesario acompañar autorización firmada por éste, en la que se haga constar la gratuidad (modelo disponible en www.dgt.es)"

Que es esto?

Y gracias de nuevo.
 
ronint4 dijo:
Gracias milu, no te preocupes por aclararme lo del valor minimo, me acerco a mi delegacion de hacienda y lo pregunto, pero hay una cuestion que no he comentado, el coche pasa de mi mujer a mi madre y es un coche del año 94 y no le cobramos nada. Que debo hacer en este caso? Porque he leido en un impreso de trafico lo siguiente:

"NOTA: Si no presenta el tramite el titular, será necesario acompañar autorización firmada por éste, en la que se haga constar la gratuidad (modelo disponible en www.dgt.es)"

Que es esto?

Y gracias de nuevo.

Nada, tienes que simular la compraventa puesto que en una donación te saldrán más caros los impuestos. Así que marca el valor que hacienda te marca en este enlace (el otro estaba mal)
http://www.gva.es/c_economia/web/hacienda/index2_coches_c.htm

Aquí tienes un modelo de compraventa
http://www.gva.es/c_economia/web/hacienda/contrato-compraventa.pdf

En esta página http://www.gva.es/c_economia/web/html/Tributos_Impuestos_Declaraciones_TP_c.htm si le das a "descargar el modelo oficial" dentro del apartado 620 te saldrá otra ventana en http://csi.ha.gva.es:8888/sara/servlet/ModelosPDF/acceso?modeloPDF=620&versionPDF=5

le das a "pulse aquí" y se te formará el modelo 620 que puedes confeccionar en línea e imprimir (te vale este modelo aunque no se de tu comunidad autónoma) y a mi me sale en este https://atenea.ha.gva.es:1443/sara/servlet/ModelosPDF/39112761pdff0?modeloPDF=620&versionPDF=5

Y por último respecto a lo del "trámite del titular" que mencionas es que deben estar presentes la transmitente y compradora. Como eso es una tontería lo que debe hacer el que tramite la transferencia es tener consigo originales y fotocopias del DNI de transmitente y compradora. Como lo normal es que estos trámites los realice el comprador (y a él le competen todos esos pagos) lo que se hace normalmente (en casos de confianza) es que éste es el que lleva los DNI de él y del vendedor. En este caso no creo haya más problema que tu mujer y tu madre (contigo) realicen los trámites. De hecho como pasa de tu mujer a tu madre no coincidirán ni los apellidos por lo que para hacienda será una compraventa más entre extraños (que de hecho así es, pues tu madre y tu esposa no tienen más que parentesco político no consanguíneo) y, por tanto, no podrán hacer una declaración paralela por supuesta "donación encubierta".

Entra en el enlace que arriba de esta respuesta te marco, vas reduciendo las opciones de versiones de vehículo hasta dar con el tuyo y te saldrá el valor por el que debes tributar al 4%. Eso y las tasas serán pues vuestro único gasto.

Eso si, como ya estamos en el 2008 el Impuesto Municipal de Circulación de tu ciudad se os remitirá a vosotros no a la compradora (se lo cobras a tu madre con una paella ;>)> ;>)>)
 
JAD

V4L

Miembro Master
Vale milu, muchas gracias, para resumir y que le sirva a todo el que lo lea:

Confeccionar un contrato de compra-venta.
Pagar las tasas en trafico
Rellenar impreso de trasnmision de vehiculo
Pagar el impuesto de transmisiones segun el precio de venta o precio minimo que marca hacienda.
Presentar documentacion anterior en trafico.

un saludo
 
dariosrayo dijo:
ronint4 dijo:
Vale milu, muchas gracias, para resumir y que le sirva a todo el que lo lea:
Confeccionar un contrato de compra-venta.
Pagar las tasas en trafico
Rellenar impreso de trasnmision de vehiculo
Pagar el impuesto de transmisiones segun el precio de venta o precio minimo que marca hacienda.
Presentar documentacion anterior en trafico.
un saludo
al menos en galicia el orden es asi:
Confeccionar un contrato de compra-venta.
Rellenar impreso de trasnmision de vehiculo
Pagar el impuesto de transmisiones segun el precio de venta o precio minimo que marca hacienda.
Presentar documentacion anterior en trafico y Pagar las tasas.

Exacto: 1º contrato y modelo 620 (pon el precio de hacienda que te he dicho en mp y que es el mismo si lo haces en el enlace de la GV que te he puesto). Hazte fotocopia del contrato o imprime dos veces el modelo del enlace.
2º En tu consellería (en alicante así lo hacen) primero te revisan si has puesto la cantidad correcta y si es así vas al banco o caja que te indiquen y haz el ingreso de la cantidad correspondiente.
3º Vuelves a la consejería de hacienda y entregas el ejemplar para la administración del modelo 620 y creo te piden copia del contrato y copia de los DNI (vendedor comprador)
4º.- A tráfico, entregar los ejemplares que hay que rellenar de la transmisión, copia de haber hecho el pago del impuesto de transmisiones que ya entregaste (acuerdate también del vigente municipal que esté pagado pues hay que traerlo), no se si el contrato o la copia (una se queda en consejería pero ya no recuerdo si es el original o la copia), pagar las tasas y esperarte a que te llamen.

A hacienda ni un duro más. Sólo el valor fiscal. Lo demás para [pedo] [pedo]
 
[ok]
 
milu dijo:
ronint4 dijo:
Voy a hacer el cambio de titularidad a un vehiculo entre particulares, a parte de las tasas de trafico, hay que pagar algun tipo de impuesto??

Gracias

El 4% del valor del vehículo en concepto de transmisiones patrimoniales. Es un impuesto cedido a las comunidades autónomas por lo que la liquidación deberá hacerla el comprador en la delegación de la Consellería de hacienda de tu comunidad (si el comprador es de la misma) y si reside en comunidad distinta será él (el pago corresponde al comprador) el que deba hacerlo en la suya.

Como valor el más alto de entre estos dos. El del contrato o el que hacienda entiende para ese modelo y versión. Lo normal (y así pagar menos impuestos) es poner el que hacienda marca. Pero claro, esto a veces no le interesa al vendedor que quiere tener limpios en su cuenta la totalidad de la compra. Es un tema para hablar comprador y vendedor, pues si se declara un precio y se cobra otro....lógicamente en tu cuenta ingresarás lo declarado no el real.
Para ver el valor que hacienda le da a tu coche, puedes intentar localizar un BOE de siempre final de año en que se marcan el valor de los vehículos y versiones de cada uno. Por cada año se va disminuyendo un tanto por ciento de ese valor hasta llegar al 90%.
Como la búsqueda por el BOE te puede ser complicada te dejo este enlace de la Generalitat Valenciana en el que vas introduciendo los datos del vehículo tal y como te los vaya pidiendo y al final te saldrá el valor MINIMO que se ha de poner. Por menos hacienda no se lo cree y tributa por ese valor. Pero te repito que ese es un problema del comprador que es el que paga el impuesto.
Si no te aclaras me mandas un privado con todos los datos del coche y te lo miro.

http://www.gva.es/jsp/portalgv.jsp?deliberate=true

PD. En la misma web de hacienda de la generalitat valenciana puedes descargarte el modelo oficial de transmisiones patrimoniales y un modelo sencillo de contrato.
Qué pasaría si lo ingresado es mayor a lo declarado.
 
Teruel dijo:
Qué pasaría si lo ingresado es mayor a lo declarado.

Eso sólo ocurriría en caso de error del declarante, pues supone hacer mal la autoliquidación del impuesto del modelo 620 y, casi seguro, motivado por hacerla "a mano" y no en linea en algunas de las direcciones que cada autonomia tiene en sus páginas webs, ya que en este segundo supuesto la valoración del vehículo, la disminución del valor por los años transcurridos desde su 1ª matriculación hasta la fecha del contrato que se presenta y el tipo del impuesto a aplicar (ahora el 4%) es automática por el sistema y no incurre en error. El error sería pues siempre humano ya que supondría haber introducidos mal los datos o erróneamente.

Pues caso de haberlo, sólo quedaría el presentar ante esa consejeria de hacienda una solicitud de devolución de ingresos indebidos, con la justificación pertinente para lograr -a la larga- esa devolución por ese ingreso de más realizado.
Claro que si uno lo hace por si, pues vale; pero si tiene que acudir a una gestoría o abogado, etc.... pues valdrá la pena si ese ingreso es sustancial puesto que si es mínimo....no puede costar más el collar que el perro.