Leí esto el otro día, y he considerado que estaría bien extenderlo, y que cada cual saque sus conclusiones.
El autor del post me ha dado su permiso para publicarlo, y yo no cambio ni una coma, ni siquiera en el título.
El viernes 25 de septiembre de 2009 sobre las 15:30 horas, yo circulaba por la A-3 sentido Valencia, la circulación era intensa pero fluida. Cerca del punto kilométrico 38 (en el cual hay una gasolinera en el carril de sentido a Madrid) observé que al fondo circulaba en mi mismo sentido una pareja de motoristas de la Guardia Civil, a la cual yo me acercaba muy lentamente al llevar una velocidad muy similar a la suya y adelantando a los vehículos que circulaban mas despacio (en todo momento mantuve una velocidad por debajo de los límites sancionables, indicada por el velocímetro del vehículo y por la velocidad instantánea indicada en el GPS).
Después de rebasar al primer motorista de la Guardia Civil y al haber tráfico en el carril de la derecha me mantuve por el carril de la izquierda ya que estaba adelantando al resto de vehículos. Posteriormente al ir a adelantar al segundo motorista de la Guardia Civil, que en ese momento circulaba por el carril de la derecha, y ya cuando quedaban escasos metros para alcanzarlo, el motorista cambia al carril de la izquierda indicando su maniobra con los intermitentes en el mismo momento en que cambia de carril para efectuar el adelantamiento a un vehículo que circulaba mas lento que el (un Peugeot 206 granate con ribetes plateados en los faros y lo que parecía un montón de peluches en la bandeja trasera del interior del vehículo), al efectuar esta maniobra la distancia entre el motorista y yo disminuyó considerablemente, a lo cual yo bajé mi velocidad levantando el pié del acelerador, ya que al ir en subida y con el coche cargado la velocidad se redujo y así pude dejar una distancia entre los dos, aún así el motorista al llegar a la altura del conductor del coche que estaba adelantando disminuyó su velocidad aún mas para observar el interior del vehículo al que estaba sobrepasando, provocando que yo tuviese que frenar para poder mantener esa distancia mínima entre los dos (frenar mas bruscamente podría haber significado una colisión al haber bastante tráfico en ese momento).
Al rebasar el motorista de la Guardia Civil al vehículo, se situó en el carril de la derecha, momento en el cual yo le adelanto y me sitúo también en el carril de la derecha, después de la maniobra y al observar por el espejo retrovisor, veo como el motorista de la Guardia Civil que estaba mas retrasado se coloca a la altura de su compañero y mantienen lo que parece una conversación, instantes después uno de ellos se coloca delante de mi indicándome que le siguiera, en la salida 48 (Villarejo de Salvanés) me detiene procediendo a denunciarme por no respetar la distancia de seguridad con su compañero.
Yo creo que el no respetar la distancia de seguridad fue debido en primer lugar a que el motorista de la Guardia Civil se puso a adelantar cuando yo estaba a punto de adelantarlo y en segundo lugar al disminuir su velocidad nada mas cambiar de carril para observar el interior del vehículo al que estaba adelantando. Además el motorista que circulaba detrás y que fue el que me sancionó estaba visualmente entorpecido por mi vehículo como para apreciar correctamente la maniobra de su compañero.
Pues bien, recurro la multa y recibo la resolución de la denuncia el día 16 de Diciembre de 2009 diciendo que “Vistas sus alegaciones y las diligencias practicadas en el expediente de referencia, instruido contra usted en virtud de denuncia formulada por el hecho que se indica, considerando que las actuaciones practicadas permiten estimar probada la comisión del mismo por la presunción de veracidad que tiene la denuncia formulada y ratificada por los Agentes de vigilancia, según el artículo 76 de la ley sobre tráfico…..” ,“Acuerdo, en uso… …dar por concluso el mismo y al estimar que la acción realizada supone una infracción al precepto que se indica, imponerle la multa de 150 euros y la pérdida de 3 puntos”.
Lo que me parece vergonzoso ya que de probado no hay nada ya que no hay filmación, foto o lo que sea para probarlo, además que yo creo que el supuesto de no respetar la distancia de seguridad fue debido en primer lugar a que el motorista de la Guardia Civil se puso a adelantar cuando yo estaba a punto de adelantarlo y en segundo lugar al disminuir su velocidad nada mas cambiar de carril para observar el interior del vehículo al que estaba adelantando. Además el motorista que circulaba detrás y que fue el que me sancionó estaba visualmente entorpecido por mi vehículo como para apreciar correctamente la maniobra de su compañero.
Sinceramente yo pensaba que todos éramos inocentes hasta que se demuestre lo contrario (como dice la constitución), pero está visto que esto es así exceptuando la DGT y la Guardia Civil de Tráfico.
El autor del post me ha dado su permiso para publicarlo, y yo no cambio ni una coma, ni siquiera en el título.
El viernes 25 de septiembre de 2009 sobre las 15:30 horas, yo circulaba por la A-3 sentido Valencia, la circulación era intensa pero fluida. Cerca del punto kilométrico 38 (en el cual hay una gasolinera en el carril de sentido a Madrid) observé que al fondo circulaba en mi mismo sentido una pareja de motoristas de la Guardia Civil, a la cual yo me acercaba muy lentamente al llevar una velocidad muy similar a la suya y adelantando a los vehículos que circulaban mas despacio (en todo momento mantuve una velocidad por debajo de los límites sancionables, indicada por el velocímetro del vehículo y por la velocidad instantánea indicada en el GPS).
Después de rebasar al primer motorista de la Guardia Civil y al haber tráfico en el carril de la derecha me mantuve por el carril de la izquierda ya que estaba adelantando al resto de vehículos. Posteriormente al ir a adelantar al segundo motorista de la Guardia Civil, que en ese momento circulaba por el carril de la derecha, y ya cuando quedaban escasos metros para alcanzarlo, el motorista cambia al carril de la izquierda indicando su maniobra con los intermitentes en el mismo momento en que cambia de carril para efectuar el adelantamiento a un vehículo que circulaba mas lento que el (un Peugeot 206 granate con ribetes plateados en los faros y lo que parecía un montón de peluches en la bandeja trasera del interior del vehículo), al efectuar esta maniobra la distancia entre el motorista y yo disminuyó considerablemente, a lo cual yo bajé mi velocidad levantando el pié del acelerador, ya que al ir en subida y con el coche cargado la velocidad se redujo y así pude dejar una distancia entre los dos, aún así el motorista al llegar a la altura del conductor del coche que estaba adelantando disminuyó su velocidad aún mas para observar el interior del vehículo al que estaba sobrepasando, provocando que yo tuviese que frenar para poder mantener esa distancia mínima entre los dos (frenar mas bruscamente podría haber significado una colisión al haber bastante tráfico en ese momento).
Al rebasar el motorista de la Guardia Civil al vehículo, se situó en el carril de la derecha, momento en el cual yo le adelanto y me sitúo también en el carril de la derecha, después de la maniobra y al observar por el espejo retrovisor, veo como el motorista de la Guardia Civil que estaba mas retrasado se coloca a la altura de su compañero y mantienen lo que parece una conversación, instantes después uno de ellos se coloca delante de mi indicándome que le siguiera, en la salida 48 (Villarejo de Salvanés) me detiene procediendo a denunciarme por no respetar la distancia de seguridad con su compañero.
Yo creo que el no respetar la distancia de seguridad fue debido en primer lugar a que el motorista de la Guardia Civil se puso a adelantar cuando yo estaba a punto de adelantarlo y en segundo lugar al disminuir su velocidad nada mas cambiar de carril para observar el interior del vehículo al que estaba adelantando. Además el motorista que circulaba detrás y que fue el que me sancionó estaba visualmente entorpecido por mi vehículo como para apreciar correctamente la maniobra de su compañero.
Pues bien, recurro la multa y recibo la resolución de la denuncia el día 16 de Diciembre de 2009 diciendo que “Vistas sus alegaciones y las diligencias practicadas en el expediente de referencia, instruido contra usted en virtud de denuncia formulada por el hecho que se indica, considerando que las actuaciones practicadas permiten estimar probada la comisión del mismo por la presunción de veracidad que tiene la denuncia formulada y ratificada por los Agentes de vigilancia, según el artículo 76 de la ley sobre tráfico…..” ,“Acuerdo, en uso… …dar por concluso el mismo y al estimar que la acción realizada supone una infracción al precepto que se indica, imponerle la multa de 150 euros y la pérdida de 3 puntos”.
Lo que me parece vergonzoso ya que de probado no hay nada ya que no hay filmación, foto o lo que sea para probarlo, además que yo creo que el supuesto de no respetar la distancia de seguridad fue debido en primer lugar a que el motorista de la Guardia Civil se puso a adelantar cuando yo estaba a punto de adelantarlo y en segundo lugar al disminuir su velocidad nada mas cambiar de carril para observar el interior del vehículo al que estaba adelantando. Además el motorista que circulaba detrás y que fue el que me sancionó estaba visualmente entorpecido por mi vehículo como para apreciar correctamente la maniobra de su compañero.
Sinceramente yo pensaba que todos éramos inocentes hasta que se demuestre lo contrario (como dice la constitución), pero está visto que esto es así exceptuando la DGT y la Guardia Civil de Tráfico.